Relación Laboral

Relaciones de Trabajo

Establecimiento y empresa

Dentro del derecho laboral se tiene que los elementos principales que intervienen son el trabajador y el patrón, por ello, es necesario conocer el adecuado manejo de las relaciones laborales en las que participan ambos, ya que las empresas y los establecimientos surgen de estas interacciones. ¿Qué son estos conceptos? Desliza el cursor sobre las imágenes y conoce lo que la Ley Federal del Trabajo (2019) aporta al respecto.

Cuando se menciona la unidad económica de una empresa se hace referencia a su matriz o centro de negocio, pero también es adecuado decir que una organización es un conjunto de establecimientos que proveen bienes o servicios específicos.

Por ejemplo, los establecimientos de autoservicio son lugares en los que se puede adquirir productos, como refrescos, asimismo, estas tiendas de conveniencia cuentan con una matriz que las avala, desde la cual se distribuyen los artículos que venderán los establecimientos.

En este sentido, el establecimiento sólo es una parte de la organización que se necesita para lograr sus objetivos. Además, se le dice unidad técnica puesto que comprende una única parte especializada del negocio en general.

Como se mencionó, uno de los elementos principales en el derecho laboral es el patrón, ya que es el responsable de la contratación de los trabajadores dentro de una empresa o un establecimiento, pero ¿a qué se refiere este puesto desde la perspectiva del derecho laboral? Conoce más en el siguiente subtema.

2.2. Patrón

La Ley Federal del Trabajo (2019) define de la siguiente manera el término patrón, presta atención.

  • Es la persona física o moral que suministra trabajo porque requiere los servicios de un empleado.

En este sentido, hay que reconocer tres aspectos primordiales del patrón.

  • Es un individuo o empresa que se beneficia de los servicios prestados por una persona física.
  • Puede ser un representante de la empresa, por lo que no necesariamente se trata del dueño de la organización.
  • Comparte obligaciones con sus representantes, ya que ellos también deben cumplir con los mismos términos legales que el dueño pactó con los trabajadores.

Pero ¿quiénes son los representantes de los patrones? Éstos son los directores, los administradores, los gerentes y las demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o sus establecimientos.

Cuando un empleado presta un servicio personal y subordinado a favor de un patrón, recibe un salario a cambio de ello, así se constituye una relación de trabajo.

2.3. Relación de trabajo

Una relación de trabajo se define como un nexo jurídico entre los empleadores (los patrones) y los trabajadores, la cual conlleva la responsabilidad del patrón de tener siempre como respaldo un contrato de trabajo con sus empleados, pues si llegase a ocurrir un problema entre las partes y se comprobase la existencia de una relación de trabajo, entonces, el trabajador tendrá los recursos necesarios para iniciar un juicio o una demanda, al contrario del patrón, quien deberá presentar los documentos correspondientes, tales como el contrato de trabajo.

Las relaciones de trabajo pueden tener diversas características de acuerdo a su duración, ¿quieres revisar algunas de estas peculiaridades?

  • Irremplazabilidad
  • El trabajador no debe hacerse suplir por alguien más, pues la labor que se le ha encomendado es exclusivamente suya; por ejemplo, si se contrata a Juan, Pedro no debe realizar su trabajo.
  • Subordinación
  • El empleado recibe órdenes de su patrón o de los representantes de la organización, además, durante su jornada laboral deberá realizar lo que se le encomiende y le corresponda a su puesto.
  • Retribución
  • La realización de un trabajo siempre implica el pago de un salario.

Se ha mencionado brevemente que el trabajador y el patrón crean una relación de trabajo por medio de un contrato, pero existen diferentes tipos de acuerdos para ambas partes.

2.4. Tipos de contratos y los convenios

Toda relación laboral debe, en términos legales, encontrarse respaldada por un contrato de trabajo, el cual varía de acuerdo a la relación establecida por el trabajador y el empleado, ¿quieres conocer cómo la Ley Federal del Trabajo (2019) clasifica los contratos y los convenios laborales? ¡Revísalo enseguida!

Por tiempo indeterminadoLa ley marca que las relaciones de trabajo deberán ser por tiempo indeterminado al menos que sea otro tipo de contrato. Esto quiere decir que el empleo será de forma indefinida y no se podrá terminar por simple voluntad del patrón, sino que tiene que ser por una causa especifíca. Es el trabajo formal más común.

Por tiempo determinadoEste contrato tendrá una fecha de inicio y una fecha de terminación especificada. Esto se justifica en el tipo de labor a desempeñar, es decir, se trata de un trabajo que sólo se requiere por cierto tiempo.

Por obra determinadaOcurre cuando hay una fecha de inicio cierta, pero no una fecha exacta de término, sin embargo, hay la seguridad de que un acontecimiento sucederá en determinado momento. Este tipo de contratos de trabajo se implementan cuando se requiere contratar a un trabajador para desempeñar una labor específica que no se sabe exactamente el día en el que concluirá, pero sí puede delimitarse el momento en el que el trabajo ha finalizado.

Un ejemplo sencillo es la construcción de un edificio, para lo que se contratan trabajadores indicando la fecha de inicio de la obra, mas no la fecha de finalización, por lo que su contrato terminará cuando se considere que la obra concluyó.

A pruebaEste contrato es usado para evaluar a un trabajador en el desempeño de sus labores y, una vez que finalice su prueba se determinará si cuenta o no con las aptitudes requeridas para el empleo. A partir de este momento se considerará si se le contratará de forma definida o si se prescindirá de sus servicios al terminar el periodo de prueba.

En este tipo de contrato deben precisarse los siguientes tres elementos:

    • El plazo de prueba no puede ser mayor a 30 días.
    • El método de medición utilizado para evaluar las aptitudes del trabajador tiene que contar con alguna prueba que dé resultados.

De capacitaciónSirve como cláusula que condiciona al trabajador a acreditar los cursos de capacitación inicial de la empresa. Este contrato es parecido al de prueba, pero aquí se le brindan las aptitudes que requiere el empleo; además, tiene un plazo máximo de tres meses.

Por temporadaEste contrato cuenta con una fecha de inicio y término. Al contratar a un trabajador por temporada, el patrón está obligado a contratar anualmente al mismo empleado bajo condiciones idénticas de forma que crea una relación de trabajo con obligaciones permanentes entre ambos, las cuales son suspendidas al terminar la época del año en la que no se requieren los servicios del trabajador.

Por ejemplo, las temporadas de recolecta de fruta ocurren una vez al año, por lo que el patrón está obligado a contratar anualmente al mismo empleado bajo condiciones iguales durante la época de recolección.

Pero además de estos tipos de contratos existentes en el México, cabe destacar el siguiente acuerdo entre los trabajadores y los patrones.

  • Un convenio se elabora por escrito, al igual que los contratos, y son ratificados por las juntas de conciliación y arbitraje. Por medio de ellos se acuerda la manera de finalizar una relación de trabajo, en tanto, la autoridad valida que no haya responsabilidades pendientes del trabajador o el patrón.

En conclusión, todas estas normativas se utilizan para establecer los lineamientos que regularán los derechos y las obligaciones de todos los involucrados en un área laboral específica.

2.5. Reglamento interno

Es común que las personas sigan parámetros de conducta para garantizar la sana convivencia con los demás, asimismo, en las empresas se establecen lineamientos que deben ser cumplidos. ¿Quieres saber más?

El reglamento interior de trabajo son las normas escritas de una empresa o establecimiento que se crearon para obligar a los patrones y los trabajadores a actuar conforme a los requerimientos de la organización, por lo tanto, no deben confundirse con las instrucciones técnicas de los procesos o la realización de una tarea específica

Conforme al artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo (2019, p. 117), algunas disposiciones que debe tener un reglamento interior son las siguientes: horario laboral, días de mantenimiento de maquinaria y equipo, normas para prevenir riesgos de trabajo, permisos y licencias, así como disposiciones disciplinarias. Además, pueden agregarse otras, como no ingerir alimentos en un área y los retardos, al igual que los tipos de sanciones dentro de la empresa como las actas administrativas y el descuento salarial por faltas.

Es preciso recalcar que los reglamentos internos no deben contraponerse a las leyes de mayor jerarquía, de lo contrario no serán válidos. Como información importante, conviene revisar la siguiente pirámide de la jerarquía de las leyes mexicanas.

Para que el reglamento interno surta sus efectos y pueda aplicarse en la empresa o el establecimiento se requiere lo siguiente:

  1. Que sea creado por una comisión mixta, es decir, por los trabajadores y los representantes del patrón.
  2. Que se presente ante la junta de conciliación y arbitraje correspondiente para que se guarde en ella.
  3. Que la autoridad realice las observaciones necesarias, en caso de que las haya.
  4. Que sea difundido entre los empleados, exhibiéndolo en lugares visibles de la empresa o repartiéndolo.

Además de los reglamentos internos en las empresas, se pueden dar otros casos como la suspensión, la rescisión o la terminación de la relación laboral, pero ¿cuándo ocurre cada escenario?

2.6. Suspensión, rescisión y terminación de la relación laboral

Las relaciones de trabajo, como se mencionó, tienen un plazo determinado que es regulado por las normas mexicanas; su terminación implica diferentes circunstancias que afectan al trabajador y al empleador. A continuación conocerás cada concepto aplicado en determinadas situaciones por las que pueden pasar los trabajadores o los patrones.

SuspensiónSe otorga una suspensión temporal a un trabajador cuando incurre en una falta al reglamento o haya diversos factores que, de manera temporal, le impidan realizar su labor. El patrón no tendrá que cubrir su salario durante la suspensión, pero sí su seguridad social.

¿Qué tipos de suspensiones pueden ocurrir en las relaciones de trabajo? Conócelas a continuación.

La incapacidad médica determinada por un especialista del seguro social puede ser producto de un riesgo de trabajo, en cuyo caso, el patrón tendrá que cubrir el salario del empleado y los gastos necesarios, esto es así cuando el trabajador presenta secuelas graves. Por otro lado, también es posible que la incapacidad sea consecuencia de un accidente o una enfermedad que no se relacionan con el trabajo, por lo que la seguridad social del trabajador será la responsable de cubrir los gastos correspondientes, así como de asignar una pensión.

Puede existir suspensión de la relación de trabajo si el empleado es arrestado e ingresado a prisión preventiva. La suspensión durante la prisión preventiva será válida hasta que se determine si el imputado es o no culpable del crimen del que se le acusa; si es inocente, al salir en libertad regresará a su empleo, de lo contrario, se podrá rescindir la relación laboral.

Además de la suspensión, existe otra circunstancia que determina la disolución de las relaciones de trabajo y se puede dar por mutuo acuerdo entre las partes; ¿quieres saber de qué se trata? Presta atención.

TerminaciónDe acuerdo al artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo (2019), este concepto se refiere a las causas naturales que dan fin a las obligaciones de las partes. Por lo tanto, no conlleva responsabilidades para nadie, salvo que el patrón debe cubrir el salario de su empleado hasta el último día y, en caso de que proceda, una prima de antigüedad.

La Ley Federal del Trabajo (2019) menciona las causales de terminación de un acuerdo o una relación entre un patrón y un trabajador por los siguientes motivos: la muerte del empleado, la finalización del plazo de un contrato por tiempo determinado o la conclusión de la obra que dio origen al contrato laboral, así como la incapacidad del trabajador, ya sea mental o física, para continuar desempeñando sus actividades. Aun con la suspensión y la terminación, se presenta un concepto más para dar por anulada una relación laboral; revísalo enseguida.

RescisiónEs una terminación forzada de la relación de trabajo que puede ser justificada o injustificada. En el primer caso se excluye de toda responsabilidad al patrón; en el segundo escenario, el patrón deberá pagar una indemnización al trabajador.

Cuando el trabajador incurra en alguna falta, como no asistir a su trabajo por más de tres ocasiones en un mes, el patrón podrá rescindir del contrato de trabajo sin una indemnización para el empleado, ya que éste incumplió con el reglamento interno de trabajo, en este sentido, la sanción será el despido. Otra razón puede ser una agresión física o verbal a los compañeros de trabajo o a los clientes, así como que el trabajador mienta acerca de sus aptitudes y sea incapaz de desempeñar su labor.

Por su parte, el trabajador puede rescindir el contrato a su favor, con los mismos efectos de un despido injustificado, si es agredido física o verbalmente, existe acoso u hostigamiento, recibe una paga menor a la convenida o se incumplen las condiciones laborales que el patrón prometió.

Es importante considerar que las clases de contrato existen en virtud de las diversas formas en las que se pueden dar las relaciones de trabajo, las cuales dependen del giro del negocio donde se desarrollan. Por ello, en la actualidad existen trabajos eventuales, de planta o a distancia que exigen una mayor especialización, o bien, otros que tienden a desaparecer con la automatización de los procesos.

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