Los Alimentos

Asesor Legal en México

Los Alimentos

Explicar qué son los alimentos, así como los partes involucradas en la obligación alimentaria, características y forma en que cesa dicha obligación.
 
Los alimentos son un factor importante en el contexto del derecho civil, y en esta clase aprenderás al respecto.
 
1. ¿Qué son los alimentos?
Aunque se pudiera pensar que los alimentos se refiere únicamente a la comida, lo cierto es que comprenden otros elementos.
 
Los alimentos abarcan la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad. Tratándose de menores, los alimentos incluyen también los gastos para su educación primaria, así como aquellos que deriven de proporcionarle algún oficio, arte o profesión honesto, teniendo en cuenta su sexo y circunstancias personales.
 
En el Código Civil Federal, lo correspondiente a los alimentos se encuentra establecido principalmente en los artículos 301 a 323.
 
El deudor alimentario es quien tiene la obligación de dar alimentos, éste puede cumplirla asignando una pensión adecuada al acreedor alimentario, es decir, la persona que recibe los alimentos, o también, incorporándolo a su familia.
 
El acreedor alimentario puede oponerse a ser incorporado a la familia del deudor. En este caso, el juez deberá fijar la manera de suministrar los alimentos.
Los alimentos se brindan de acuerdo a las posibilidades de quien tiene la obligación de darlos, y considerando también los requerimientos de quien los recibe. De esta forma, se busca el equilibrio entre el deudor y el acreedor alimentario, evitando excesos o injusticias alimentarias entre las partes involucradas.
 
La obligación de dar alimentos a los hijos, no incluye brindarles capital para ejercer el oficio, arte o profesión a la que elijan dedicarse.
 
2. Características de la obligación alimentaria
La obligación de proporcionar alimentos tiene algunas características propias, entre las cuales se mencionan las siguientes:
 
1. Recíproca
El que da alimentos tiene derecho de pedirlos. Remite a la asistencia que debe haber en una familia.
 
2. Personalísima
Depende de las circunstancias del acreedor y el deudor alimentario.
 
3. Intransferible
No es heredable.
 
4. Inembargable
No se puede embargar, pues se privaría de lo necesario al acreedor.
 
5. Imprescriptible
La obligación no se puede extinguir mientras subsistan las causas.
 
6. Proporcionalidad
De acuerdo a las posibilidades de quién da y las necesidades de quién recibe.
 
7. Divisibilidad
La obligación de dar alimentos puede cumplirse en diferentes prestaciones y plazos.
 
8. Preferente
La obligación es a favor del cónyuge y los hijos.
 
9. Irrenunciable
No se puede renunciar al derecho de recibir alimentos.
 
10. No negociable
El cumplimiento de la obligación no admite transacciones o compensaciones.
 
3. ¿Quiénes dan y quiénes reciben alimentos?
De una forma general, la obligación de dar alimentos, así como los sujetos que los reciben, se pueden apreciar a continuación:
 
En el Código Civil Federal, se establece que los hermanos y parientes colaterales de los padres tienen la obligación de proveer alimentos a los parientes colaterales hasta el cuarto grado, a los menores y a aquellos que sean incapaces.
 
De esta forma, la legislación vela porque a ninguno le falte lo necesario para su desarrollo humano y personal.
 
4. ¿Quiénes pueden pedir el aseguramiento de los alimentos?
El derecho establece quiénes pueden exigir mediante juicio el cumplimiento de la prestación alimentaria, es decir tanto la exigencia del pago como la obtención de una garantía.
 
Los sujetos que pueden solicitar el aseguramiento de los alimentos son:
 
  • El acreedor alimentario.
  • El ascendiente que le tenga al acreedor alimentario bajo su patria potestad.
  • El tutor del acreedor alimentario.
  • Los hermanos y demás parientes del acreedor alimentario colaterales dentro del cuarto grado.
  • El Ministerio Público.

El aseguramiento debe ser una cantidad suficiente para cubrir los alimentos (determinada a juicio del juez), y puede consistir en:

 
a.- Hipoteca
b.- Prenda
c.- Fianza d.- Déposito
 
5. Cesación de la obligación de dar alimentos
 
La obligación de dar alimentos puede cesar por alguna de las siguientes causas:
 
Cuando el que tiene la obligación de dar los alimentos carece de los medios para cumplir con dicha obligación.
Cuando la persona que recibe los alimentos, es decir, el alimentista, deja de necesitarlos.
Cuando el alimentista comete una injuria, falta o daño grave contra el deudor. Cuando la necesidad de los alimentos se debe a la conducta viciosa o falta de aplicación al trabajo del alimentista, mientras persista en estas causas.
Cuando el alimentista abandona la casa del deudor por causas injustificables.
 
El cese de la obligación de dar alimentos sólo procede cuando alguno de los interesados promueve dicha suspensión.
 
Se puede decir que los alimentos son los elementos que apoyan el desarrollo humano, personal y social de cualquier individuo. De ahí que los alimentos cubran una gama amplia de bienes o recursos como la comida, el vestido, la salud y la educación. Ninguno de los elementos comprendidos dentro de los alimentos puede omitirse.

Evaluación

1. Los alimentos, en el derecho civil, se refieren exclusivamente a la comida de las personas.
Verdadero
Falso
 
2. El deudor tiene la obligación de brindar los alimentos considerando únicamente los requerimientos de quien los recibe.
Verdadero
Falso
 
3. Esta característica de los alimentos señala que quien da alimentos, tiene derecho de pedirlos, remitiendo a la asistencia que debe haber en una familia.
Proporcionalidad
Preferente
Recíproca
 
4. El acreedor alimentario es uno de los sujetos que pueden solicitar el aseguramiento de los alimentos.
Verdadero
Falso
 
5. La obligación del deudor de proveer los alimentos puede cesar si el alimentista comete una injuria, falta o daño grave contra el deudor.
Verdadero
Falso

Actividad

Instrucciones: En tu hogar, diariamente se dan y reciben los alimentos a los que se refiere el derecho civil. Piensa un momento en ti y en tu familia, y con base en lo visto en la clase, responde en tu cuaderno las siguientes preguntas.
 
¿Qué son los alimentos?
¿A quién estás obligado a dar alimentos? ¿Por qué?
¿De quién recibes alimentos? ¿Cuáles son?
¿Cuál de las características de la obligación alimentaria te parece más relevante en tu situación? ¿Por qué?
¿Cuál de las formas de cesación de la obligación alimentaria crees que se puedan presentar (o se ha dado) en tu caso? ¿Por qué?

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies