Elementos del hecho delictivo. Parte 1

Derecho Penal

Elementos del hecho delictivo. Parte I

Elementos del hecho delictivo. Parte I
 
Identificar los tipos de conductas de las personas con la finalidad de definir cómo se efectuó un hecho delictivo.
 
Explora
 
¿Crees que te pueden castigar por dejar de hacer algo?
 
Conoce
 
1. El hecho delictivo
 
El hecho delictivo está conformado por tres elementos, escucha lo siguiente al respecto:
 
Elementos del hecho delictivo
 
 
Para que exista un hecho delictivo, es necesaria la conducta de una persona, un resultado (producto de la conducta) y un nexo causal entre la conducta y el resultado.
 
Los elementos del hecho delictivo antes mencionados se pueden apreciar gráficamente en el siguiente diagrama:
 
En esta clase revisarás con más atención las conductas que pueden presentarse cuando se comete un delito, y en la siguiente estudiarás lo relacionado con el resultado y el nexo causal.
 
2. La conducta y sus tipos
 
Antes de ver los tipos de conducta, es preciso que revises el concepto principal.
 
* La conducta
* Resultado
* Nexo Casual
 
La conducta es el elemento básico que necesita el delito para existir. Dicha conducta puede consistir en una acción o una omisión.
 
Así, los tipos de conducta que se tienen en el delito son los siguientes:
 
Ahora, revisa cada uno de los tipos de conducta.
 
2.1. Acción
 
La acción es un movimiento corporal voluntario, que en su realización incluso puede ayudarse de objetos, animales o personas. Todas las conductas de acción producen un resultado material, es decir, modifican o alteran el mundo exterior.
 
Por ejemplo, cuando una persona decide robar un objeto:
 
Tiene que tener primero la voluntad de cometer esa conducta
 
Después, debe ejercer los movimientos corporales necesarios para extraer el objeto que desea robar
 
Finalmente, esa conducta produce un cambio en el exterior, ya que el objeto que robó ya no se encuentra en el lugar en donde estaba, pues ha sido sustraído
 
2.2. Omisión
 
La omisión es dejar de hacer algo que la ley te pide que hagas.
 
La conducta de omisión es la inactividad corporal por voluntad propia, y por lo mismo no hay resultado material. En este caso, no se altera el mundo exterior, sin embargo, ese incumplimiento trae como consecuencia una sanción.
 
Piensa en la siguiente situación: imagina que una señora está en el estacionamiento del supermercado y dentro de su camioneta lleva una bebé dormida en su silla. La señora, para evitar que la bebé se despierte, decide bajar rápidamente al supermercado y dejarla sola en la camioneta. Al cabo de 10 minutos, la madre regresa y la bebé continúa dormida.
 
¿Te das cuenta por qué en la situación anterior hay una conducta de omisión?
 
En este caso existe una conducta de omisión, puesto que la mamá decidió dejar abandonada a su bebé, quien es una persona indefensa (omitiendo el cuidado del menor de edad). Sin embargo, al regresar, la bebé continuaba dormida, por lo que no se produjo ningún cambio en el exterior.
 
2.3. Comisión por omisión
 
La conducta de comisión por omisión es una mezcla entre la conducta de acción y la conducta de omisión, pues consiste, al igual que la omisión, en dejar de hacer algo que la ley te exige. Sin embargo, por dejar de hacer ese algo, en este caso sí se produce un resultado material, es decir, hay cambios en el mundo exterior, al igual que en la acción.
 
Retoma el ejemplo de la señora que deja a la bebé en la camioneta para ir a las compras. Si al regresar a la camioneta la mujer encuentra que la bebé se asfixió con un dulce o por el calor, entonces sí se produciría un cambio exterior, por lo que el caso se volvería una conducta de comisión por omisión, pues hubo un resultado material por la decisión de la señora de no hacerse cargo de la menor.
 
Como puedes observar, las personas pueden cometer un delito haciendo voluntariamente una determinada acción o dejando de hacer algo.
 
Considera que en el derecho penal también puede presentarse la ausencia de conducta, que ocurre cuando no se configuran los elementos de la conducta tipificada como delito, es decir, hay ausencia de acción o de omisión en la comisión de un acto ilícito.
 
Existen diversas formas del porqué de la ausencia de conducta:
 
Fuerza física superior irresistible: no hay conducta delictiva, pues el sujeto actúa obligado por una fuerza superior de alguien bajo la cual se ve sometido
 
Fuerza mayor: acción en la que el sujeto fue obligado por una fuerza física irresistible proveniente de la naturaleza
 
Movimientos reflejos: movimiento involuntario
 
Sueño: si el sujeto está dormido, no tiene control sobre sus actos
 
Hipnotismo: en la que la voluntad de la persona queda limitada
 
Sonambulismo: el sujeto ejecuta acciones estando dormido, sin recordarlaConducta

Evaluación

1. La conducta es el elemento básico que necesita el delito para existir. Dicha conducta puede consistir en una acción o una omisión.

Verdadero
Falso

2. Conducta que consiste en un movimiento corporal voluntario. Para su realización, puede ayudarse de objetos, animales o personas. Todas las conductas de este tipo producen un resultado material, es decir, modifican o alteran el mundo exterior.
Comisión por omisión
Omisión
Acción
3. Esta conducta consiste básicamente en dejar de hacer algo que la ley te pide que hagas. Implica inactividad corporal por voluntad propia, por lo cual no hay resultado material. Sin embargo, la falta de hacer conlleva una sanción.
Omisión
Acción
Comisión por omisión

4. Esta conducta es una mezcla entre la acción y la omisión, pues consiste, al igual que la omisión, en dejar de hacer algo que la ley exige, produciendo al mismo tiempo un resultado material, es decir, generando cambios en el mundo exterior.
Acción
Comisión por omisión
Omisión
5. Si el tesorero de un ayuntamiento se apropia de dinero del erario público que tiene bajo su administración, en este hecho delictivo hay una conducta de:
Acción
Omisión
Comisión por omisión
 
 

Actividad

Instrucciones: La conducta te ayuda a definir cómo se efectuó un hecho delictivo. En algunos casos, aunque en apariencia no realices nada, el simple hecho de no hacer puede también representar un delito. Ahora, con base en lo visto en la clase, realiza lo siguiente.

 
Lee el siguiente caso:
Tienes un amigo de quien sabes está a disgusto por la construcción de una carretera federal que pasará cerca de su vivienda. Un día, descubres que tu amigo, junto con otros compañeros, planean sabotear las máquinas y equipos de construcción, poniendo en riesgo la vida de los trabajadores. Tú sabes que, de acuerdo al artículo 140 del Código Penal Federal, tienes la obligación de denunciarlo ante las autoridades, pero no lo haces, ni tampoco haces nada por detener a tu amigo. Tu amigo finalmente lleva a cabo su plan de sabotaje, perjudicando a la compañía constructora, a los trabajadores y a la vía federal.
Luego de leer el caso anterior, responde en tu cuaderno las siguientes preguntas:
¿Cuáles tipos de conducta están presentes en el caso anterior? ¿Por qué?
¿Hay algún tipo de conducta que no esté representado en el caso? ¿Cuál es? Justifica tu respuesta.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies