1. ¿Qué es el domicilio?
Tal como viste en la clase anterior, el domicilio es uno de los atributos de la persona jurídica. El domicilio es el lugar físico en el que una persona reside habitualmente con el propósito de radicar en él. En el Código Civil Federal se indica cuál es el domicilio, tanto de la persona física como de la persona moral. Domicilio de la persona física, Domicilio de la persona moral.
c.- Si no existe lo anterior, el lugar donde se encuentren.
Los códigos civiles de cada entidad federativa también contemplan lo relacionado con el domicilio. ¿Qué es lo que expresa el Código Civil de tu estado? Investígalo a fin de que amplíes tu conocimiento.
Los elementos jurídicos que permiten determinar el domicilio real de una persona están contenidos en el concepto de domicilio, y los puedes examinar a continuación:
Es un dato objetivo, que se puede probar de forma directa.
Es un dato que no se puede probar directamente, pero que se puede verificar mediante inferencias y presunciones.
n virtud de los elementos jurídicos, el domicilio tiene principalmente consecuencias de tipo patrimonial. Así, el domicilio sirve para fijar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones que todo individuo adquiere al comprar una habitación.
¿Puedes pensar en alguno de esos derechos y obligaciones patrimoniales?
Entre los derechos y obligaciones patrimoniales, se puede mencionar el uso o goce individual de la habitación, así como el pago de servicios (luz, agua, entre otros).
Lo anterior se puede apreciar en diferentes trámites que una persona realiza. Por ejemplo, cuando vas a facturar, te piden tu domicilio. O para emitir tu voto, también es importante conocer tu domicilio.
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