El Divorcio parte 2

Asesor Legal en México

El divorcio. Parte 2

  • Analizar las consecuencias y tipos del divorcio voluntario con la finalidad de adaptar mejor el tipo de procedimiento para su realización.
1. El divorcio y sus tipos
En la clase anterior estudiaste que el divorcio es la disolución del vínculo matrimonial, por el cual los cónyuges obtienen la capacidad para contraer nuevas nupcias.
 
También, revisaste que existen dos tipos de divorcio:
Aprendiste que el divorcio necesario es aquél que tiene lugar cuando no existe acuerdo entre los cónyuges (uno se quiere divorciar, mientras el otro no)..
 
2. El divorcio voluntario
El divorcio voluntario es aquél en el que hay un acuerdo de voluntades entre los cónyuges para terminar con el vínculo matrimonial. En el divorcio voluntario, como puedes ver, los cónyuges están de acuerdo en la disolución del matrimonio. Existen dos tipos de divorcio voluntario:
 
2.1. El divorcio voluntario administrativo
En el divorcio voluntario administrativo, se requiere el mutuo acuerdo de divorciarse. Este divorcio procede después de un año de celebrado el matrimonio civil. Además del mutuo acuerdo, hay una serie de requisitos que se deben cumplir para que proceda el divorcio voluntario administrativo, y son los siguientes: Los cónyuges deben ser mayores de edad.
La mujer no ha de estar esperando un hijo.
No debe haber hijos en común, o si los hay, deben ser mayores de edad.
Ni los hijos ni alguno de los cónyuges debe requerir alimentos. Si alguno de los requisitos no se cumple, el divorcio voluntario administrativo no procederá. En ese caso, probablemente sea mejor buscar el divorcio por la vía del voluntario contencioso.
 
2.2. El divorcio voluntario contencioso
El divorcio voluntario contencioso tiene lugar cuando los cónyuges no cumplen con los requisitos para pedirlo por la vía administrativa, pero lo solicitan de común acuerdo al juez de lo familiar.
 
Al igual que en el divorcio voluntario administrativo, en el divorcio voluntario contencioso también existen algunos requisitos que se deben cumplir.
 
* Que haya transcurrido al menos un año desde que se celebró el matrimonio.
* Que junto con la demanda de divorcio, se presente un convenio en el cual se regule lo relativo a la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, los alimentos, la vivienda y la administración de los bienes.
 
3. Los efectos del divorcio voluntario
El divorcio voluntario tiene algunos efectos jurídicos en relación con los cónyuges, los hijos y los bienes.
 
3.1. En relación con los cónyuges
El hombre está obligado a dar alimentos a la mujer por el mismo tiempo que duró el matrimonio.
La mujer tiene la misma obligación anterior en caso de que el hombre esté incapacitado para trabajar.
 
3.2. En relación a los hijos
Ambos cónyuges conservan la patria potestad de los menores, pero sólo uno de ellos tendrá la custodia. 3.3. En relación a los bienes
 
El matrimonio es la institución base para la familia. Por su parte, el Estado dispone todos los medios legales posibles para protegerlo.
 
Sin embargo, cuando en un matrimonio dejan de estar presentes la ayuda mutua, el socorro, la convivencia y la cohabitación, los esposos deciden terminar con el vínculo matrimonial; asimismo, el Estado también introduce regulaciones que promueven el bienestar de las personas involucradas: cónyuges, hijos y familiares.
 
El divorcio voluntario, en sus vertientes de administrativo y contencioso, constituye una vía más para la realización de este acto jurídico.
 
Se fijará la división de bienes, tomando en consideración las precauciones necesarias para asegurar las obligaciones que estén pendientes entre los cónyuges o en relación con los hijos.
 
 

Evaluación

1. Divorcio en el cual hay un acuerdo de voluntades entre los cónyuges para terminar con el vínculo matrimonial.
Divorcio necesario
Divorcio voluntario
Separación
 
2. Tipo de divorcio voluntario para el cual se requiere el mutuo acuerdo de divorciarse, y procede después de un año de celebrado el matrimonio civil.
Divorcio voluntario contencioso
Divorcio causal
Divorcio voluntario administrativo
 
3. Tipo de divorcio voluntario que tiene lugar cuando los cónyuges no cumplen con los requisitos para pedirlo por la vía administrativa, pero lo solicitan de común acuerdo al juez de lo familiar.
Divorcio voluntario administrativo
Divorcio voluntario contencioso
Divorcio necesario
 
4. En el caso del divorcio voluntario contencioso, es necesario que haya transcurrido al menos dos años desde que se celebró el matrimonio.
Verdadero
Falso
 
5. En el divorcio voluntario, ambos cónyuges conservan la patria potestad de los menores, pero sólo uno de ellos la custodia.
Verdadero
Falso

Actividad

Instrucciones: Imagina que trabajas en un despacho de abogados y llega una persona contigo, la cual te narra su situación y te pide le aconsejes sobre el tipo de divorcio que le conviene. ¿Qué le dirías? Para dar una respuesta, procede de la siguiente manera.
 
Lee la situación:
“Yo, Esteban, he estado casado con María por tres años. Ambos trabajamos y por lo mismo viajamos frecuentemente. Nuestros viajes se han venido haciendo cada vez más largos y nos hemos percatado que en nuestro matrimonio la convivencia es mínima, no existe la voluntad de cohabitar, y no se percibe el cuidado mutuo. Tenemos un hijo pequeño, Sebastián, que está en el jardín de niños y es nuestra adoración. Tanto María como yo estamos de acuerdo en terminar en paz nuestro matrimonio y solicitar el divorcio. ¿Cuál divorcio es el adecuado en nuestro caso?”
Con base en la situación define, en un documento Word, qué tipo de divorcio aplica en este caso: necesario o voluntario (administrativo o contencioso), e indica por qué.
De acuerdo al tipo de divorcio que señales, indica tres efectos jurídicos del mismo que podrían aplicar en este caso.

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