Los derechos y obligaciones que están recogidos en la legislación civil buscan salvaguardar el bienestar de la pareja, de los hijos y de la familia en general.
1.1. Derechos y obligaciones en cuanto a los cónyuges
Los derechos y deberes entre los cónyuges son permanentes y se establecen para toda la vida de los consortes, mientras no se disuelva el vínculo matrimonial.
Estos derechos y obligaciones conyugales se encuentran señalados en el Código Civil Federal, en los artículos 162 a 177, y son los siguientes:
Cohabitación
Los cónyuges tienen el derecho y obligación de habitar bajo el mismo techo, cumpliendo la exigencia de una vida en común
Exigencia de la fidelidad
En el matrimonio no hay lugar para el adulterio (es una agresión a la pareja), y se excluyen las relaciones íntimas con cualquier otra persona.
Relación sexual
La sexualidad es un elemento humano que permite el crecimiento consciente en la intimidad, la condición de cónyuge y la generación de los hijos.
Ayuda mutua
La ayuda mutua se manifiesta en la continua solidaridad familiar, particularmente en el apoyo moral y económico entre los esposos y con los hijos.
1.2. Derechos y obligaciones en cuanto a los hijos
En relación a los hijos, el vínculo matrimonial también genera una serie de derechos y deberes a tener en cuenta.
Las obligaciones y deberes paternos se entienden como los sucesos que dan origen a la atención, la alimentación, al cuidado personal de los hijos y a la educación como actitud responsable, entre otros.
En el Código Civil Federal se pueden ver plasmados en diferentes artículos las siguientes obligaciones y deberes para con los hijos.
A continuación, podrás revisar cada uno de estos elementos.
a) La crianza es una responsabilidad mutua de los padres hacia los hijos. Es una relación en la que el niño no es autónomo en sus capacidades naturales, ya que necesita de guía y corrección, y por consiguiente requieren de los padres para su propio desarrollo humano.
b) Los alimentos son parte integral del desarrollo físico del niño, inclusive cuando los padres se divorcian. El alimento figura como algo indivisible e inalienable, y ninguno de los cónyuges puede retirar esta ayuda al hijo. En los alimentos se incluye también lo referente a la educación y lo necesario para tal efecto.
c) Los deberes familiares hacen referencia a la responsabilidad y atención dirigida a la comunidad de familiares consanguíneos y políticos, con la intención de formar lazos que perduren a través del tiempo.
En el matrimonio (considerando a los cónyuges y los hijos de estos) es importante que exista el amor y el respeto, el diálogo y la comprensión mutua.
En el código civil de tu entidad federativa, ¿qué se establece respecto a los deberes y derechos del matrimonio? Revisa esta legislación para que amplíes tu conocimiento.
2. La administración de los bienes en el matrimonio
Como parte de la ayuda mutua que debe existir entre los cónyuges (uno de los deberes y obligaciones matrimoniales), y como efecto del matrimonio sobre los bienes, el aspecto económico es importante. En esta línea se ubican los regímenes matrimoniales.
El régimen matrimonial, es llamado también régimen patrimonial del matrimonio o régimen económico matrimonial. Se trata del conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones económicas y de propiedad de los bienes que se adquieren durante el matrimonio, tanto entre los cónyuges, como de estos frente a terceros.
2.1. Régimen de sociedad conyugalLa sociedad conyugal es el régimen patrimonial mediante el cual los cónyuges son dueños en común de los bienes incluidos dentro del acto legal que da origen al matrimonio, o bien, durante el matrimonio mismo.
La sociedad conyugal puede ser de dos tipos:
La sociedad conyugal puede terminar:
Por la disolución del matrimonio.
Por la voluntad de los consortes.
Por la sentencia que declare la presunción de muerte del conyugue ausente.
2.2. Régimen de separación de bienes
En el régimen de separación de bienes, los cónyuges deciden mantener la propiedad y utilidad de sus bienes por separado. Dichos bienes son propiedad de uno u otro cónyuge, antes y después de la celebración del matrimonio.
La separación de bienes puede presentarse de dos modos:
Este régimen es absoluto cuando la separación de bienes es total y los cónyuges no tienen ningún derecho sobre los bienes del otro.
Es parcial cuando existen bienes que forman parte de la sociedad conyugal, ya que no están consignados en las capitulaciones de separación.
Como puedes observar, en este régimen de separación de bienes los cónyuges conservan la propiedad y administración de los bienes que respectivamente les pertenecen y, por consiguiente, todos los frutos económicos de dichos bienes no serán comunes, sino del dominio exclusivo del dueño de ellos.
Cabe señalar que el régimen de separación de bienes puede terminar o modificarse durante el matrimonio según acuerden los cónyuges.
Sobre los bienes en el matrimonio, puedes consultar el Código Civil Federal, en los artículos 178-234. También,para ampliar el tema de estudio, puedes consultar en el código civil de tu entidad federativa.