Analiza el proceso de adopción y sus requisitos con la finalidad de comprender su importancia en el bienestar del menor y el beneficiado de la sociedad.
1. ¿Qué es la adopción?
La adopción es el procedimiento legal que permite a una persona menor de edad convertirse legalmente en hija o hijo de sus padres adoptivos, distintos de los naturales.
El objetivo de la adopción es asegurar el bienestar emocional y físico del menor, los cuales no pudieron obtener de sus padres biológicos.
La legislación relativa a la adopción puede variar en las diferentes entidades federativas, por lo que es importante que revises el Código Civil de tu estado.
2. ¿Quiénes pueden adoptar?
En México, pueden adoptar, de acuerdo al Código Civil Federal:
Aquellos que tengan más de 25 años de edad.
Quienes sean 17 años mayores que el adoptado.
Quienes puedan demostrar que la adopción es benéfica para la persona que será adoptada.
Aquellos que muestren contar con los medios para proveer subsistencia, educación y cuidado.
Quienes acrediten ser personas aptas y adecuadas para adoptar
Los adoptantes pueden ser personas solteras o casadas. En el caso de las personas casadas, basta que una de ellas cumpla con lo antes dicho para que la pareja pueda adoptar.
En algunos estados del país, la edad establecida para adoptar varía, como en Guerrero, donde la edad señalada en su Código Civil es de 30 años.
3. ¿Quiénes pueden ser adoptados?
En México, pueden ser adoptados los menores de edad, los abandonados, los huérfanos, los que no tienen quien ejerza la patria potestad sobre ellos, así como personas incapaces. Los adoptantes, en la mayor parte del país, pueden adoptar a uno más menores de edad o incapacitados.
Es importante señalar que, salvo en el caso de los matrimonios o concubinos, nadie puede ser adoptado por más de una persona.
En algunos estados del país, como en Jalisco, se especifica que pueden ser adoptados los menores huérfanos de padre y madre, los hijos de filiación desconocida, y los declarados judicialmente abandonados, entre otros.
4. Algunos otros requisitos para la adopción
Además de las características que se señalaron anteriormente en relación a las personas que pueden adoptar, en México se pueden solicitar a los adoptantes algunos de los siguientes requisitos:
1.- Ser persona de buenas costumbres y contar con solvencia moral.
2.- Contar con antecedentes familiares y un entorno social adecuado.
3.- No tener antecedentes penales.
4.- Gozar de buena salud física y capacidad psicológica.
6.- Recibir la asesoría sobre las implicaciones de la adopción. Una vez más, será importante que verifiques en la legislación civil de tu estado lo referente a los requisitos que se piden a los adoptantes para poder realizar este acto jurídico. En algunos casos se puede solicitar un certificado de salud, o una evaluación psicológica y socioeconómica.
5. Tipos de adopción
De acuerdo al Código Civil Federal, existen tres tipos de adopción.
Simple o semiplena
En la adopción simple, el adoptado no deja de formar parte de su familia de origen y sólo se transfiere al adoptante la patria potestad, así como la custodia personal.
En este tipo de adopción, el adoptado conserva su filiación original y los derechos que de ella derivan, y no adquiere parentesco alguno con los parientes de quien lo adopta. Plena
En la adopción plena, se trata al adoptado como hijo consanguíneo de la familia adoptante para cualquier efecto legal, incluyendo los impedimentos propios del matrimonio.
En esta adopción, se admite la ficción de establecer una filiación, semejante a la biológica. De esta forma, el adoptado tiene los mismos derechos y obligaciones del hijo consanguíneo, y adquiere los apellidos del adoptante, generando parentesco con la familia de quien lo adopta.
Para llevar a cabo la adopción plena, es necesario contar con el consentimiento de:
Los que ejercen la patria potestad sobre el menor que se busca adoptar.
El tutor del que se va a adoptar.
La persona que durante al menos seis meses haya acogido al que se va a adoptar.
El agente del Ministerio Público del domicilio del adoptado, cuando no tenga padres o tutor.
Las instituciones de asistencia social que hubieran acogido al que se pretende adoptar.
La persona que va a ser adoptada, cuando es mayor de 12 años.
Internacional
La adopción internacional es promovida por ciudadanos de otro país diferente a México, y que tienen su residencia habitual en su país de origen. El propósito de este tipo de adopción es proporcionarle una familia a un menor que no pueda encontrar familia en su país de origen (en este caso, México).
La adopción internacional se rige por los tratados internacionales que México ha suscrito y ratificado, así como por la legislación civil pertinente.
La adopción no es un acto jurídico exclusivo de México, pues se lleva a cabo en distintos países del mundo, atendiendo a diversas normas internacionales y las regulaciones de cada país.
6. Revocación de la adopción simple o semiplena
La adopción simple puede revocarse, atendiendo a las siguientes causas:
1. Cuando el adoptante y el adoptado convengan en ello, siempre y cuando el adoptado sea mayor de edad.
2. Por ingratitud del adoptado. La ingratitud comprende las siguientes situaciones:
a.- Que el adoptado cometa un delito intencional contra la persona, honra o bienes del adoptante, su cónyuge o su familia.
b.- Que el adoptado formule una denuncia o querella contra el adoptante por algún delito.
c.- Que el adoptado rehúse dar alimentos al adoptante caído en la pobreza.
3. Por alguna causa grave que ponga en peligro al adoptado, por ejemplo la violencia intrafamiliar y la perversión física y moral.
La principal consecuencia de la revocación es dejar sin efecto alguno la adopción simple, restituyendo las cosas al estado que tenían antes de que se llevara a cabo